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Por unanimidad, el máximo tribunal hizo lugar al reclamo planteado por el Ejército Argentino y paralizó la medida.

 

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió este miércoles suspender la entrega de tierras a una comunidad mapuche en Bariloche, en la provincia de Río Negro, a partir de una queja planteada por el Ejército Argentino, en medio de una disputa por un predio de 180 hectáreas en el sur del país.

 

La cesión de los terrenos había sido ordenado por un fallo de primera instancia, en favor de la comunidad Millalonco-Raunquhue, que reclamó la titularidad del predio ubicado en el faldeo suroeste del cerro Otto, a 12 kilómetros del centro de Bariloche, camino al cerro Catedral y a la margen norte del lago Gutiérrez.

El Ejército, por su parte, afirma que las tierras son usadas para el entrenamiento de los integrantes de la fuerza.

El planteo inicial de la comunidad mapuche recayó en el juzgado a cargo de la jueza subrogante Silvina Domínguez, quien resolvió que el Poder Ejecutivo Nacional transfiriera al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) la posesión del predio, a fin de cedérselos a la comunidad. Tal decisión generó numerosas críticas en el seno de la sociedad barilochense, y en paralelo fue recurrida por los apoderados del Ejército.

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Así llegó el trámite a la Cámara Federal, en segunda instancia, en donde fue considerado “extemporáneo”. A partir de ese rechazo, tanto el Ejército como la Procuración General de la Nación, acudieron a la Corte.

El Procurador Eduardo Casal, en su presentación, afirmó que el fallo de la jueza Domínguez incurría en “graves afectaciones de la legalidad, del debido proceso legal y de los intereses generales de la sociedad que se encuentran comprometidos, toda vez que el avance hacia el cumplimiento de la decisión profundizará aún más los perjuicios señalados”.

Tras ese derrotero, finalmente la Corte se expidió. En un fallo que lleva la firma de sus cuatro miembros, el máximo tribunal dispuso que se suspenda el curso del proceso, por considerar que existe gravedad institucional en la gestión en la que intervinieron los organismos del Estado para ordenar la adjudicación de los terrenos a la comunidad mapuche que los reclama.

Para los jueces del tribunal supremo, las quejas planteadas por el Ejército y el Ministerio Público Fiscal son procedentes. Esto se debe a que los magistrados observaron que en otro expediente paralelo, en el marco de una causa penal, se investiga si integrantes del propio ejército dejaron vencer plazos para cuestionar la adjudicación de los terrenos a la comunidad mapuche que exigía la titularidad, y así terminar beneficiándolos.

Pese a que esta causa se encontraba en pleno desarrollo e implicaba la suspensión de cualquier trámite de adjudicación, el Juzgado Federal de Bariloche avanzó y ordenó ejecutar la sentencia de primera instancia, aquella de la jueza Domínguez, para que finalmente los terrenos sean adjudicados.

Es en ese contexto que el máximo tribunal observó un hecho de gravedad institucional, por lo que ordenó suspender la cesión hasta que se defina la cuestión de fondo sobre quién realmente tiene la legitimidad para obtener la titularidad de los terrenos.

fuente: infobae

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