En un fallo considerado inédito e histórico, del que hasta el momento no se registraron antecedentes a nivel nacional, la justicia tucumana decidió que los padres de una menor sean imputados por las acciones de su hija, posibilidad habilitada por la ley, que prevé la existencia de la responsabilidad parental.
Al momento de fallar, el juez Alejandro Tomas admitió que se trata de una situación muy debatida en la doctrina, pero de todas maneras hizo lugar al planteo del Ministerio Público Fiscal vinculando penalmente a E. y a J. con el homicidio culposo que provocó en 2021 su hija L. cuando tenía 12 años.
Los nombres de los implicados no se publican debido a que podrían revelarse en forma indirecta la identidad de la menor. Los medios sólo pudieron presenciar la audiencia bajo la condición de que al narrar estla historia no se exponga a la causante, quien era inimputable cuando se produjo el mortal accidente.
Según explicó Diego Hevia, el titular de la Fiscalía de Graves Atentados contra las Personas I, el 22 de mayo de 2021 los ahora imputados evadieron sus deberes tutelares al permitir que su hija de 12 años se subiera en una camioneta Toyota Hilux y condujera hasta la casa de un pariente, en un barrio de Las Talitas.
Ese día sobrevino la tragedia, cuando la niña perdió el control del vehículo y terminó subiendo a la vereda, en un desbocado trayecto que incluyó la embestida a una criatura de tres años antes de terminar impactando contra una pared.
El niño V. falleció en el acto por la violencia del impacto. Para dimensionar la fuerza que tuvo el golpe, el fiscal detalló que en el muro que detuvo la marcha del rodado, quedó un hueco de tres metros de diámetro.
El hecho generó conmoción y caos en el barrio. Algunos vecinos aseguraron que la conductora venía a alta velocidad y que habría intentado derrapar cuando perdió el control.
No era la primera vez que veían a la niña manejando rápido vehículos de motor, algunos mencionaron que solía pasar por la cuadra haciendo “willy” en una moto y también conduciendo un cuatriciclo color azul.
Todo eso explotó en una reacción violenta y L., desesperada llamó a su padre pidiendo ayuda.
Según la pesquisa, la reacción de la familia de L. también fue violenta. E y J fueron en otra camioneta a buscar a su hija junto a otras personas. Al llegar al lugar algunos de los mencionados bajaron armados y realizaron disparos al aire para amedrentar a los presentes. Luego uno se subió al vehículo que protagonizó el accidente y se lo llevaron junto a la niña. Con el correr de las horas, el titular de la camioneta la entregó a las autoridades para que sea peritada.
Por ese segundo hecho, el fiscal solicitó allanamientos en los cuales se incautó varias armas que no estaban registradas a nombre de sus poseedores. Una de ellas, incluso, tenía pedido de secuestro por un robo registrado en 2016.
Con esa prueba, Hevia solicitó que los tres familiares de L. y un sereno que trabaja para la empresa de transporte de la que son propietarios sean imputados por la tenencia no autorizada de ese armamento.
Además, a los padres de la menor que protagonizó la tragedia los acusó por homicidio culposo, no como autores, pero sí por no haber tomado los recaudos para evitar que la niña protagonizara el accidente fatal.
La defensora de los imputados, Tania Visintini, completó el relato del hecho recordando que luego del accidente los disturbios siguieron y que una horda de vecinos vandalizaron y saquearon la casa donde habitaba la conductora y sus padres. Por esa razón terminaron mudándose a un departamento de la capital.
El debate giró en torno a la responsabilidad parental ¿qué implica esto? Que los padres de un menor que comete un delito -un homicidio culposo en este caso- no pueden ser condenados por el por la comisión del hecho, es decir, por haberlo cometido.
Sin embargo, en esta oportunidad, el fiscal Hevia consideró que los puede considerarse que los progenitores hayan violado sus deberes de cuidado y guardia legal, haciendo que sus hijos se expusieran a un riesgo físico, moral o psicológico o hicieran lo mismo contra terceros.
En esta imputación tuvieron importancia los testimonios de vecinos y parientes de los acusados. Todos informaron que la menor siguió conduciendo vehículos de gran porte luego de haber protagonizado la tragedia.
En consecuencia, podrían ser condenados por abandono del cuidado de la menor de edad. Tanto Hevia como la defensora de Niñez (representa a la víctima), Alejandra Rivas, remarcaron la importancia de hacer valer este concepto jurídico en la causa. Lo mismo ocurrió con Hugo Lami y Marcos Rufinio, acompañantes de la familia del niño fallecido, que no pueden ser querellantes por la norma que impide ocupar ese rol en causa donde están involucrados menores.
En la audiencia del lunes, los acusados se abstuvieron de declarar. Visintini planteó la nulidad de lo que solicitaba el fiscal Hevia. Argumentó su pedido señalando que no era correcto que dos fiscales hayan tenido un criterio diferente a la hora de pedir la imputación en su contra.
En defensa de los imputados, explicó que el caso comenzó a ser investigado por otro fiscal (Claudio Bonari), quien en su momento no habría hecho una apertura de la investigación al entender que la autora del hecho era, por su edad, inimputable, es decir, que nunca respondería penalmente por la muerte que había provocado.
Sí le dio intervención al fuero Civil para que tomara cartas en el asunto y determinara cómo se reparará el daño causado a la familia de V. La defensora remarcó que en ese momento nadie planteó tratar la responsabilidad penal del caso.
Visintini cuestionó también que la Fiscalía haya solicitado nuevos allanamientos luego de un año y siete meses del hecho para secuestrar las armas. Ambos planteos fueron rechazado por el juez Tomas.
El fiscal solicitó medidas menores para supervisar el proceso. Sugirió que los acusados cumplan con normas de conducta y no se acerquen a la familia de la víctima, y que se le imponga a E. y a J. una caución real de $ 10 millones a cada uno para asegurar que sigan ligados al proceso. Remarcó que en total los cuatro imputados tenían 37 vehículos a su nombre. La defensa consideró excesivo ese último pedido. El juez Tomas finalmente dio lugar a la caución, pero imponiéndoles que la pareja en total pague sólo la mitad del monto pedido por la Fiscalía.