Lo podrían condenar a entre 2 y 10 años de cárcel. Enmarcan el caso en violencia de género. Todo el suceso duró solo unos segundos, lo suficiente para que el hombre, con un objeto punzante en la mano, le destruyera el parabrisas y lograra desprender por completo la ventanilla de la conductora.
A solo diez cuadras de la Sede de Gobierno Porteño, una mujer vivió un tremendo hecho de violencia al negarse a darle dinero a un limpiavidrios. Fue la semana pasada en las avenidas Colonia y Amancio Alcorta, en Parque Patricios, sobre uno de los lados del estadio del Club Atlético Huracán. Allí hay un domo que registró todo el suceso que duró solo unos segundos, lo suficiente para que el hombre, con un objeto punzante en la mano, le destruyera el parabrisas y lograra desprender por completo la ventanilla de la conductora. El limpiavidrios se encuentra detenido con prisión preventiva porque el hecho fue investigado en un contexto de violencia de género. El fiscal y el juez entendieron que el agresor la eligió por su condición de mujer.
Este caso se conoce días antes de que la Legislatura porteña finalmente vote una ley que reforme el Código Contravencional y permita sancionar a limpiavidrios y trapitos, sin necesidad de testigos, ni filmaciones; una norma que viene impulsando el Ejecutivo desde hace más de diez años, desde el primer mandato de Mauricio Macri como Jefe de Gobierno. Hoy, con mayoría oficialista en el recinto, se votaría positivamente.
El caso quedó enmarcado como “tentativa de robo agravado por el uso de arma”, por lo que la investigación seguirá su curso en el fuero penal nacional. Por otra parte, el hombre tenía antecedentes y se encontraba en situación de calle. Podría recibir una condena de entre 2 y 10 años de prisión. Como indicaron desde el Ministerio Público Fiscal, se trata de un caso inédito, porque habitualmente quedan empantanados debido a la falta de testigos o a la dificultad de probar que hubo violencia o “aprietes” contra las víctimas.
“La decisión de abordar a esta mujer, que se encontraba sola, no fue casual. De hecho, es algo que sucede de manera frecuente. Valoro mucho que el juez haya compartido esta visión”, dijo a Clarín el fiscal Carlos Rolero Santurain, a cargo de la Fiscalía Penal, Contravencional y de Faltas N°31 de la Ciudad. “Es interesante romper ciertos preconceptos relacionados con la violencia de género y la idea de que solo suceden en una relación de pareja, por ejemplo. Es necesario señalar que también se dan en circunstancias como estas, en donde una persona elige a su víctima en función de su condición”, agregó el fiscal.
Cuando la mujer logró evadir al agresor, se dirigió a su casa. Acompañada de su pareja decidió hacer la denuncia y en camino hacia la comisaría, vieron al limpiavidrios en la misma esquina. Desde allí llamaron al 911; cuando llegó el móvil, la policía intentó identificarlo pero, como no tenía documentos, lo detuvo.
Una vez que se realizó la denuncia, comenzó la intervención del fiscal que ordenó revisar las cámaras de la zona. El domo registró la agresión. Sobre la base de estas imágenes, el juez Carlos Bentolila, del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas N°2, entendió también “que habiendo varios vehículos detenidos en la intersección, el limpiavidrios optó por acercarse al que era conducido por una mujer. Y en este sentido, consideró que el atacante dirigió su accionar a los efectos de intimidar a la víctima y coartar su voluntad de autodeterminación por su condición de mujer”, explicaron desde el Ministerio Público Fiscal.
El actual Código Contravencional porteño plantea en el artículo 79 sancionar con uno o dos días de trabajos de utilidad pública o multa a quien “exige retribución por el estacionamiento o cuidado de vehículos en la vía pública sin autorización legal”. El problema se genera al momento de demostrar que el trapito exigió plata y no simplemente pidió una propina, porque esto obliga a contar con declaraciones de testigos, filmaciones y otras pruebas. De esta manera, casi ninguna causa progresa.
Con los cambios en puerta, el artículo (sería el 84) quedaría redactado así: “Quien sin autorización legal ofrece o presta en la vía pública, de manera directa o indirecta, servicios de estacionamiento, cuidado de coches o limpieza de vidrios, será sancionado con uno a cinco días de utilidad pública o multa de 150 a 1.500 Unidades Fijas”. Hoy sería de entre $2.677 y $26.755, porque la UF está determinada en $17,85.
“Finalmente la Legislatura tomó la posta. Nosotros venimos reclamando desde hace años la modificación del código, porque su redacción es deficiente. Así como esta, es una figura destinada al fracaso, no sirve y se hace casi imposible aplicar sanciones”, opinó Rolero.
fuente:clarín