La Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Penal Contravencional y de Faltas confirmó ayer el arresto domiciliario de Damián Jorge Calabró, acusado de quemar a dos personas en situación de calle que dormían bajo un puente de la avenida General Paz. El ataque fue captado en un video que se viralizó en redes y generó un fuerte repudio. El hecho se había producido en abril pasado en el barrio porteño de Mataderos.
Ex recolector de basura
Calabró, de 28 años, ex empleado de una empresa de recolección de basura de San Justo, alias “El Gordo Bubu”, fue detenido en junio por orden del juez Pablo Casas imputado de los delitos de homicidio calificado en grado de tentativa, tentativa de lesiones graves o incendio doloso consumado agravado por el riesgo de muerte.
Indignante video
“Pedazo de rastrero, la concha de tu hermana, gil”, dijo uno de los atacantes, tras rociar con un líquido inflamable a las víctimas. La secuencia se puede escuchar en el video de 30 segundos y que se viralizó en Tras escapar inmediatamente de la escena, meses después Calabró logró ser apresado, mientras que aún se desconoce de la identidad de su cómplice. Calabró, de acuerdo a datos de la Cámara Criminal y Correccional, no contaba con antecedentes penales en territorio porteño al momento del caso.
Investigación
La investigación, a cargo de la secretaría de la Fiscalía Penal Contravencional N°39, pudo hallar más pruebas sobre el ataque porque tomó nota del auto Volkswagen Gol 1.6 con el que se trasladaron los imputados para quemar a las personas en situación de calle. El vehículo estaba registrado desde el año 2017 con el nombre de Calabró de acuerdo a archivos oficiales.
“Gordo Bubu”
Conocida la matrícula, los agentes tomaron contacto con Jorge Calabró, el padre del “Gordo Bubu”, en su domicilio de Lomas del Mirador y le pidieron que le indicara dónde estaba alojado el automóvil, quien señaló el garage donde estaba estacionado. Luego de ubicarlo, el vehículo fue secuestrado y quedó a disposición de la causa.
Según pudo conocer este medio, Calabró estuvo detenido en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza y declaró en la causa, pero no reconoció el hecho en los procedimientos judiciales.
Material probatorio
Pese a que existe material probatorio que acredita la supuesta responsabilidad de Calabró, la Cámara de Apelaciones entendió que el imputado estaba en condiciones de gozar del beneficio de la prisión domiciliaria. Sin embargo, antes había rechazado uno de los planteos de la defensa, que advirtió que su defendido era el único sostén económico de su familia, por lo que solicitaron como pena la obligación de presentarse al tribunal o a una comisaría con regularidad para que pueda trabajar.
Derechos Humanos
Con respecto a la prisión domiciliaria, el Tribunal fundamentó su decisión en los principios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que considera como estándar fundamental que “siempre que el peligro de fuga o de entorpecimiento de la investigación pueda ser evitado razonablemente mediante la aplicación de una medida menos gravosa para el imputado, se deberá optar por la aplicación de la pena menos grave ”.
En esa clave, los jueces concluyeron que “se ha decidido la morigeración de la prisión preventiva y, si bien el imputado debe permanecer en arresto, puede hacerlo dentro de su casa y en compañía de su entorno“.
Ajuste de cuentas
El dueño de un kiosco que se ubica del lado de la localidad bonaerense de Lomas del Mirador y desde el cual se puede ver claramente el lugar de la agresión, contaba a este medio que no era la primera vez que una persona en situación de calle es prendida fuego. “Hace algún tiempo a un indigente que todavía está por el barrio le quemaron una pierna. Era un hombre que se dedicaba a limpiar vidrios y había robado a varios por la zona. A él se lo hicieron por venganza y por lo que vi de este nuevo ataque, me parece que es lo mismo”, aseguró el comerciante. Las personas sin techo que dormían bajo el puente dejaron rápidamente el lugar.