La madre del fiscal Alberto Nisman presentó ante la Justicia un pedido de reserva de caso federal para llevar la “intromisión del presidente Alberto Fernández” en la causa por el crimen del fiscal de la AMIA, de ser necesario, a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

“Frente al avance e intromisión sobre la independencia del Poder Judicial de la Nación y del Ministerio Público Fiscal, consumados por el accionar del propio Sr. Presidente de la Nación, Alberto Fernández, introduzco en debida forma el caso federal ante la afectación a la división de Poderes, el normal funcionamiento de las Instituciones de la República, el debido proceso y las normas de orden público establecidas en la Ley 27.372”, dice un escrito del abogado de Sara Garfunkel, Pablo Lanusse.

En atención a la trascendencia que reviste el objeto procesal de esta causa, al hecho “de que –como se dijera más arriba- diversos funcionarios que se desempeñan actualmente en el Poder Ejecutivo Nacional, como en el de la Provincia de Buenos Aires (Sergio Berni, ministro de Seguridad) se encuentran vinculados a la presente causa y/o a sus conexas, y el interés de la sociedad local e internacional en el descubrimiento de la verdad sobre lo aquí investigado, es evidente que el suceso que denuncio y que involucra ahora al propio Sr. Presidente de la Nación, excede el interés individual de esta querella, y se constituye en un caso de gravedad institucional que así dejo planteado”.

La semana pasada, la madre del fiscal había pedido a la ministra de Seguridad, Sabina Frederic, abstenerse de pedir la realización de una nueva pericia.

El letrado recordó las palabras del presidente, luego de que se difundiera el documental “El fiscal, la presidente y el espía”: “Solo existe una pericia absurda hecha sobre un escenario montado no sé cuántos años después, sin que nadie de los que participó haya estado en el momento en el que ocurrió. Nunca vi una cosa igual. Le quito toda seriedad”.

En esas declaraciones, Alberto Fernández, además, “expone conjeturas a favor de la entonces primera mandataria, Cristina Fernández de Kirchner”, como decir que “no apareció ninguna prueba seria que diga que a Nisman lo mataron”.

El pedido de la madre del fiscal recordó que “es sabido que el alcance sobre el valor de una prueba incorporada a una investigación penal es resorte exclusivo de los Jueces que integran el Poder Judicial de la Nación”.

Así “el Presidente de la Nación se auto erigió en juez de la causa al afirmar públicamente que el peritaje realizado por la Junta dispuesta en autos es absurda, que carece de seriedad”, señaló. “No estamos en presencia de una novela policial inglesa. Nos encontramos frente a un magnicidio del que fue víctima el entonces Fiscal General Natalio Alberto Nisman, luego de haber denunciado por las negociaciones que culminaron con la firma del Memorandum de Entendimiento con la República Islámica de Irán, a la entonces Sra. Presidente de la Nación Cristina Fernández de Kirchner, hoy vicepresidente de la Nación y otros adláteres de su entonces gobierno”, agregó.

“Estamos hablando de un hecho que conmovió y conmueve la atención de la sociedad local e internacional. Estamos en presencia de una investigación que tuvo directo impacto sobre la marcha de la investigación del peor atentado terrorista internacional que sufriera la República Argentina perpetrado el 18 de julio de 1994 en la sede de la AMIA/DAIA, que investigaba hasta que fuera muerto el Fiscal General Natalio Alberto Nisman”, añadió.

Resaltó Lanusse “el valor de las pruebas, la reconstrucción de la verdad histórica y la asignación de responsabilidades penales es competencia exclusiva y excluyente de los jueces de la causa”.

En la presente investigación los jueces de la causa “han afirmado hasta el momento con el grado de certeza exigido para esta etapa del proceso, que al Fiscal General Natalio Alberto Nisman lo asesinaron, avalando el informe técnico que ahora el Sr. Presidente de la Nación cuestiona públicamente”.

“Las expresiones del Sr. Presidente de la Nación, entonces, resultan violatorias de los deberes que le impone la Constitución Nacional a su competencia funcional. Tales manifestaciones generan alarma y preocupación en esta parte. En efecto, resulta alarmante para mi mandante que aquellos días que siguieron al homicidio de su hijo, donde se llevaron adelante ataques arteros y ruines a su memoria, vuelvan a nublar el horizonte”, subrayó.

Dijo que “impedir la revictimización es una obligación de orden público, establecida por la Ley 27.372. Las expresiones del Sr. Presidente de la Nación, como lo denunció públicamente la Asociación de Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público Fiscal de la Nación en su nota del 2 de enero de 2020, resultan una injerencia en el sistema de justicia y en el desempeño del Ministerio Público, a la luz de las cláusulas constitucionales que les aseguran independencia y autonomía en el desempeño de sus funciones”.

fuente: clarin

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