El organismo recaudador aclaró esta situación ante versiones en redes sociales.

Ante versiones infundadas que circularon en las últimas horas en redes sociales, la Dirección General de Rentas (DGR) emitió un comunicado donde dejó en claro que los usuarios de tarjetas de crédito no deben pagar ingresos brutos.

“Dicho régimen recae sobre los comercios adheridos que resultan contribuyentes de dicho impuesto, pero nunca sobre los usuarios de las tarjetas. Es decir que la retención la practica la entidad administradora de la tarjeta de crédito al comercio adherido y no al titular de la tarjeta, por la sencilla razón de que estos últimos no revisten el carácter de contribuyentes. En consecuencia, los usuarios de las tarjetas no sufrirán retención alguna por sus compras, ya sea en Tucumán o en otra Provincia”, aclaró el organismo recaudatorio.

Luego, Rentas se refirió a la situación de los comercios. “Sentado ello, cabe mencionar que las modificaciones introducidas, las cuales entraran en vigencia a partir del  1° de abril de 2020, tampoco impactarán sobre los comercios adheridos de la Provincia de Tucumán, por cuanto las modificaciones no innovan en tal sentido. Finalmente es importante recalcar que el régimen en cuestión se encuentra en línea con lo establecido por otras jurisdicciones provinciales al respecto”, finalizó.

 

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