La norma establece que los subsidios de transporte sean utilizados en el pago de sueldos como acción prioritaria.

El Poder Legislativo sancionó esta tarde una ley que dispone la aplicación de los subsidios estatales destinados al transporte público de pasajeros en los salarios del personal del sector. Con esto, el cuerpo colegiado busca destrabar un conflicto por el cual hace 11 días hay paro de choferes de colectivos.

Ley anti motochorros

Luego de sancionada esta iniciativa, los legisladores resolvieron pasar a un cuarto intermedio hasta el miércoles próximo, cuando continuarán con el resto del temario. Entre los asuntos que quedaron pendientes figura la “Ley contra los Motochorros”, que apunta a endurecer los controles viales para la prevención del delito y a instar a la regularización de esos rodados.

Utilización de subsidios

En cuanto al proyecto relativo al transporte, los legisladores modificaron el texto original, impulsado por Jorge Ferrazzano, Roque Álvarez y Javier Morof, y aprobaron un dictamen alternativo, aunque manteniendo un espíritu similar.

La norma, que debe ser promulgada por el gobernador Juan Manzur, establece que los fondos girados por el Estado en favor de las firmas que integran la Asociación de Empresarios del Transporte Automotor de Tucumán (Aetat) deberán ser aplicados al pago de salarios y a las cargas sociales del personal.

Reclamo sindical

El texto está enmarcado en un reclamo de la Unión de Tranviarios Automotor (UTA) a nivel nacional, que en esta provincia afecta a unos 4.000 choferes, técnicos y otros trabajadores. El sector reclama el pago de la totalidad de los haberes de abril y un proporcional de diciembre.

El proyecto aprobado en la sesión de hoy indica que “si el monto de los beneficios (por subsidios estatales) no cubriera el total de la planilla salarial, la empresa deberá completar la diferencia con recursos propios”.

Sanciones por incumplimiento de la norma

Además, incluye una advertencia a los titulares de las firmas. “El incumplimiento de la obligación de pagar la totalidad de la planilla salarial será causa de pérdida total o parcial de los subsidios y compensaciones”, señala el artículo 2º.

Por último, se ordena a las empresas que pongan “a disposición del Poder Ejecutivo el monto de los salarios y el CBU de los empleados, a fin de que se haga efectivo el pago del sueldo en sus respectivas cuentas”.

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