La ANSES otorga 15 mil pesos a los familiares en concepto de reintegro por gastos de sepelio, tras el fallecimiento de un jubilado o pensionado.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) prorrogó por 90 días el plazo para presentar la solicitud al Subsidio de Contención Familiar por aquellos fallecidos durante el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio.
El mismo fue publicado a través de una resolución en el Boletín Oficial y se otorga desde 2006 por fallecimiento de personas beneficiarias del Régimen Nacional de Previsión y de las Cajas Provinciales de Previsión transferidas al Estado Nacional.
A quiénes les corresponde
– Personas que acrediten haber pagado los gastos de sepelio o cremación.
– Viudos, viudas, convivientes, hijos e hijas con derecho a la pensión por fallecimiento.
– Otros herederos o herederas de la persona fallecida.
– Familiares directos de personas fallecidas por COVID-19 en situación de vulnerabilidad
– Familiares directos de personas fallecidas que cobraban una Pensión por Adulto Mayor (PUAM).
– Parientes de personas fallecidas que recibían prestaciones no contributivas transferidas a la ANSES (beneficiarios y beneficiarias de Prestaciones No Contributivas transferidas a la ANSES en virtud del Decreto N° 746/17).
– Parientes de personas fallecidas que eran titulares de las Pensiones Honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur.
Requisitos
Los familiares del fallecido deberán acreditar la titularidad de cualquiera de los beneficios previsionales descriptos o tenerlo en trámite con derecho otorgado. A su vez, tendrán que presentar factura de gastos de sepelio o cremación, y no haber transcurrido más de un año desde el fallecimiento.