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Dos casos que tuvieron procesos diferentes, aunque generaron el mismo alto nivel de polémica, son materia de discusión por estos días en los pasillo de Tribunales. Por un lado está la historia del jujeño que fue absuelto por el beneficio de la duda por la jueza Stella Maris Arce (tribunal unipersonal) en un debate oral del régimen conclusional. Por el otro, Roberto Losseau, que fue declarado penalmente responsable por los jueces Carolina Ballesteros, Alejandro Tomas y Bernardo L’Erario Babot y luego su colega Guido Buldurini le impuso la perpetua en una audiencia de cesura, ante lo cual su defensor consiguió que impugnación lo absolviera también por el beneficio de la duda.

Perspectiva de género

“La aplicación de la perspectiva de género no significa dejar sin derechos a los imputados o que los mismos deban ser condenados sin prueba alguna. La perspectiva de género no es una fórmula vacía, sino que debe ser sostenida además con pruebas de cargo como para que el fallo sea acorde a derecho”, explicó Juan Colombres Garmendia, el defensor del comerciante jujeño que durante años cargó sobre sus espaldas la acusación de haber explotado sexualmente a su pareja en el marco de un contexto de violencia de género, pero terminó siendo absuelto en un juicio.

Sin pruebas

“Cuando le comunicaron el fallo no lo podía creer. No entendía nada. Desde el 19 de octubre de 2021 había jurado su inocencia, pero nadie le creyó. El 20 de octubre pasado le avisaron que no debía cumplir la condena a perpetua que le habían dictado”, explicó Sergio Gustavo Naruf, defensor de Losseau, que fue absuelto después de haber sido condenado a perpetua.

En el primer caso, la sentencia quedó firme porque la víctima decidió no apelar. En el segundo, el fiscal Ignacio López Bustos tenía plazo hasta este viernes para cuestionar el fallo.

Una joven denunció que su pareja durante años la había obligado a mantener relaciones sexuales con otros hombres para cumplir con sus fantasías. También dijo que después descubrió que cobraba por esos encuentros. Señaló además que después de que ella se alejara de él, cumplió con la amenaza de difundir las fotos y los videos que había registrado. El acusado negó las acusaciones en su contra y señaló que ella siempre aceptó participar de esos encuentros.

Los testimonios

La jueza Arce, en su resolución, sostuvo que “después de revisar detenidamente cada uno de los testimonios y las pruebas presentadas en este juicio, queda claro que persiste un margen significativo de duda con respecto al hecho y la autoría del imputado. El relato de la víctima ha sido cuestionado y tensionado por algunos de los testimonios proporcionados durante el juicio y por las pruebas presentadas”.

“Los argumentos y las pruebas de descargo presentados por la defensa en este juicio han sido lo suficientemente fuertes como para generar esta duda razonable. En mi opinión, las pruebas de cargo existentes no son concluyentes ni concordantes como para atribuir responsabilidad al imputado”, añadió la magistrada.

Situación procesal del imputado

“No se entiende no sólo el tiempo que se tardó en resolver la situación procesal del imputado, sino cómo la Fiscalía insistía en seguir acusando cuando surgían del mismo expediente los elementos a favor de mi representado”, destacó Colombres Garmendia.

“Estas noticias impactan de manera desfavorable en la sociedad; o se pretende poner en duda el accionar de una magistrada que actuó con la debida ecuanimidad y prudencia, ya que siempre se cree que quien llega a juicio debe terminar condenado y si resulta absuelto se siembra un manto de dudas contra quien dicta el fallo”, finalizó.

El 19 de octubre de 2021, Losseau se encontraba con su pareja en su departamento de avenida Ernesto Padilla al 500 junto a su hijo de dos años. Según la acusación, el hombre le arrojó alcohol a la víctima y con un encendedor le prendió fuego para causarle la muerte. El imputado relató que la joven había decidido quitarse la vida.

No creyó la versión

El fiscal López Bustos no creyó en su versión y lo acusó del femicidio, por el que terminaron condenándolo a perpetua. Los jueces dieron por probada la teoría al considerar que el condenado ejercía violencia de género y que una joven mujer no se quitaría la vida teniendo puesta una mochila y por ser la única sostén de sus hijos menores de edad.

El defensor Naruf impugnó el fallo. El tribunal integrado por Julieta Casas (actuó como preopinante), Marisa Suárez y Agustín Puppio, por unanimidad, absolvió por el beneficio de la duda a Losseau.

Los jueces, entre otros puntos, sostuvieron que quedó demostrado que el acusado socorrió a la joven, pidió auxilio y sufrió serias quemaduras al intentar salvarle la vida. Entendieron que el informe de bomberos sobre la reconstrucción del hecho realizado en base a la versión del acusado, revela que es una teoría verosímil. También concluyeron que la víctima no tenía signos de violencia en su cuerpo y que el departamento tampoco presentaba señales de que se hubiera producido una pelea.

La teoría de la mochila

Por último, los magistrados de impugnación descartaron la teoría de la mochila al considerar que ningún testigo pudo confirmar que Godoy la tenía puesta. También explicaron que tampoco hubo evidencias de que la víctima sufrió violencia de género. La jueza Casas resaltó en la fundamentación de la sentencia un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la provincia. “En los delitos de violencia contra la mujer no se trata de modificar el estándar de prueba que rige en todos los casos penales, sino de extremar las medidas para realizar una investigación completa y profunda de cada caso, acompañada de una valoración integral de todos los elementos colectados para establecer las peculiaridades que presenta cada uno de ellos”.

Naruf no tuvo reparos en definir como sorpresiva la determinación. “En medio del contexto que hay es al menos llamativo. No recuerdo que se haya resuelto un caso de esta manera. Es un llamado de atención para todos los operadores judiciales”, advirtió el letrado.

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