La coordinadora del Programa de Asistencia Integral a Víctimas de Trata de Personas del Ministerio de Desarrollo Social, Gilda Zurita, estuvo presente durante la firma de un Acta Acuerdo de Juicio Abreviado en el marco de la Causa N° 30668/2017 caratulada “Coca Velazco Carlos, s/ Infracción Ley 26364”, donde el Sr. Velazco, autor procesado en la causa, reconoció expresamente su participación en los hechos, su responsabilidad y el grado de autoría.

Es por ello, que el Fiscal Pablo Camuña solicito al Tribunal Oral que se condene al procesado, a la pena de seis años de prisión de efectivo cumplimiento y las costas del presente proceso, por considerarlo autor penalmente responsable del delito de Trata de Personas con fines de explotación laboral de al menos cuatro víctimas de nacionalidad boliviana.

Al respecto, Zurita expresó: “Cabe destacar que el Programa de Asistencia Integral a Víctimas de Trata de Personas, tomó intervención en la Asistencia Integral a las víctimas de la presente causa desde su inicio, en octubre de 2017, a pedido del Juez Federal N° 2 de la Provincia Fernando Poviña. Desde entonces, comenzamos a brindarle acompañamiento y asistencia a las cuatro jóvenes de de 25, 24, 18 y 17 años de edad, las cuales eran trasladadas desde su país de origen hacia la Provincia de Buenos Aires, con la finalidad de ser explotadas laboralmente en talleres clandestinos”.

“El Ministerio brindó asistencia inmediata, cubriendo las necesidades básicas urgentes, tales como alojamiento, alimentación y asistencia sanitaria, pero también las acciones de protección y promoción, garantizando un abordaje psicosocial y jurídico, como lo establece la Ley 26.364”, agregó la funcionaria.

Además, expresó que el equipo de asistencia brindó acompañamiento en el momento de las declaraciones testimoniales, bajo el Dispositivo de Sala Gesell, pudiéndose constatar las situaciones de vulnerabilidad pre-existentes, corroborando que se trataron de ofertas de trabajos engañosas, que en realidad tenían como finalidad la explotación laboral.

En nuestra sociedad, el delito de Trata de Personas constituye uno de los más graves flagelos existentes. Vulnera de la manera más profunda los Derechos Humanos, atentando directamente contra la dignidad de las personas afectadas.

A partir de la Ley 26.364, de Prevención, Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas, y su modificatoria, Ley 26.842, se constituyen organismos específicos destinados a proporcionar asistencia directa y protección a los derechos de las víctimas, entre los cuales se destaca a nivel provincial el Programa de Asistencia Integral a Víctimas de Trata.

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