El Banco Central de la República Argentina (BCRA) extendió hasta el 30 de septiembre el período en el que los bancos no pueden cargar intereses punitorios sobre las cuotas no pagadas de créditos concedidos. Las cuotas que vencían en julio, agosto y septiembre de cualquier crédito bancario, incluyendo los actualizados por UVA, deberán agregarse al final del plazo del préstamo.
La medida, fijada por el Directorio del BCRA, estaba vigente hasta el 30 de junio en virtud de lo dispuesto el 1 de abril a través de la comunicación A6949. Hoy, se decidió prorrogarla por 3 meses más.
No devengarán intereses
“Los saldos impagos de créditos otorgados por entidades financieras, incluyendo los que se actualizan por UVA, cuyas cuotas vencen entre el 1 de abril y el 30 de septiembre de 2020, no devengarán intereses punitorios. Además, se ratifica que las cuotas impagas deberán incorporarse en los meses siguientes al final de vida del crédito, considerando el devengamiento de la tasa de interés compensatorio”, explicó el Central en un comunicado.
Hasta el 30 de septiembre, quien no pague la cuota de un préstamo bancario de cualquier tipo, tanto en pesos como en UVA, no deberá pagar ningún interés ni penalización. Cada cuota que no se pague durante ese plazo, se agregará al mes siguiente del final de la vida del préstamo.
Asimismo, el BCRA recordó que los usuarios cuentan con el derecho de revertir los débitos directos y los débitos automáticos dentro de los 30 días corridos contados desde la fecha del débito y que los bancos tienen la obligación de devolver los fondos debitados dentro de los tres días hábiles siguientes al pedido.
De esta forma, hasta el 30 de septiembre, quien no pague la cuota de un préstamo bancario de cualquier tipo, hipotecario, prendario o personal, tanto en pesos como en UVA, no deberá pagar ningún interés ni penalización. Cada cuota que no se pague durante ese plazo, se agregará al mes siguiente del final de la vida del préstamo.
fuente: infobae