La AFIP investiga a la cadena de supermercados DIA Argentina S.A. por una maniobra de evasión previsional agravada superior a los $ 20 millones. Utilizaba contrato fraudulentos para enmascarar relaciones laborales encubiertas.
La denuncia la radicó el organismo a fines del año pasado ante el Juzgado Nacional en lo Penal Económico número 2.
Recientemente se realizaron allanamientos ordenados por el juzgado interviniente en los que los agentes de AFIP secuestraron en la sede de la administración de la empresa gran cantidad de
documentación contable y digital.
La hipótesis investigada por la AFIP consiste en que la cadena de supermercados, en su calidad de franquiciante, designó a empleados a cargo de algunas de sus franquicias, con el único objeto de que figuraran como los responsables de ingresar los aportes y contribuciones a la seguridad social.
De este modo, DIA ARGENTINA S.A. buscó evitar el cumplimiento de sus propias obligaciones correspondientes, ya que la deuda generada quedó a cargo de los “falsos franquiciados” utilizados para la maniobra.
De hecho, muchos de estos empleados, al percatarse de la maniobra de la firma, presentaron demandas ante el fuero laboral, donde se condenó a DÍA ARGENTINA por la utilización fraudulenta del contrato de franquicia para enmascarar las relaciones laborales encubiertas.
Para la AFIP, la evasión investigada supondría la falta de ingreso de aportes y contribuciones al Sistema Único de la Seguridad Social por un importe que, en principio, supera los $ 20 millones, aunque podría ser mayor a medida que avancen las investigaciones.
Cabe subrayar que, a través de este tipo de defraudaciones, dejan de ingresar en el sistema previsional fondos destinados no solo al pago de las futuras jubilaciones de los empleados, sino también al financiamiento de la Asignación Universal por Hijo, las actuales jubilaciones y pensiones, las pensiones por discapacidad y los seguros de desempleo, entre otras prestaciones del Estado.
La ley Penal Tributaria establece una pena de tres años y medio a nueve años para el delito de evasión agravada por delitos tributarios.
fuente. afip