En el máximo tribunal confían en que el martes o miércoles la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, elevará su dictamen respecto a la suba de tarifas -que tiene carácter no vinculante- y de esa forma el máximo tribunal ya contará con todos los elementos para pronunciarse.

La Corte Suprema de Justicia podría expedirse el próximo jueves sobre el aumento en la tarifa de gas, medida que se encuentra frenada por un fallo de la Cámara Federal de La Plata.

En la Corte confían en que el martes o a más tardar el miércoles próximo, la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, elevará su dictamen respecto a la suba de tarifas -que tiene carácter no vinculante- y de esa forma el máximo tribunal ya contará con todos los elementos para pronunciarse sobre el fondo de la cuestión.

De esta forma, la causa será tratada por el titular del cuerpo, Ricardo Lorenzetti, y por los demás jueces que integran en la actualidad el tribunal, Elena Highton, Juan Carlos Maqueda y Horacio Daniel Rosatti, ya que el jurista Carlos Fernando Rosenkrantz jurará como nuevo ministro el lunes 22 de agosto.

La decisión de abordar el tema tarifas el próximo jueves fue dada a conocer esta tarde por una fuente cercana al máximo tribunal.

“Los secretarios letrados están trabajando desde hace semanas en el tema y seguramente la semana próxima la Corte abordará la cuestión de fondo planteada por la Cámara Federal de la Plata”, dijo la fuente.

“La facultad del Poder Ejecutivo para fijar las tarifas de los servicios públicos no está en debate ni siquiera en el fallo de la Cámara platense”, agregó el portavoz.

A principios de julio, cuando la Cámara Federal platense frenó el aumento de las tarifas y lo hizo extensivo a todo el territorio nacional mediante una medida cautelar pedida por una asociación de usuarios, no objetó la medida dispuesta por el Poder Ejecutivo sino el hecho de que el Ministerio de Energía no haya seguido los pasos legales previstos, que incluyen una audiencia pública que no fue convocada de manera previa a la instrumentación de la suba.

El expediente llegó de manera formal a la Corte el lunes, luego que al tribunal platense diera vía libre al recurso presentado por la Procuración General del Tesoro, pero con efecto “devolutivo”, lo que dejó vigente el freno a la implementación del nuevo esquema de tarifas diseñado por el Gobierno que contempla topes en las subas de hasta 400 y 500% para usuarios residenciales y pymes y comercios, respectivamente.

En ese marco, el Poder Ejecutivo presentó un recurso de queja ante el máximo tribunal reclamando que se suspenda el carácter “devolutivo” del fallo platense, de manera de permitir a las empresas que comiencen a facturar bajo el nuevo esquema de tarifas, ya que los valores que se encuentran vigente por la judicialización del tema son los que regían hasta el 31 de marzo pasado.
El martes pasado, en la última reunión de acordada, los jueces de la Corte eludieron pronunciarse sobre el pedido del Gobierno y solicitaron a Gils Carbo su opinión, a lo que ahora se suma la confirmación de que el jueves venidero tratarán el tema.

Por la suba de tarifas puesta en marcha en marzo, los primeros en reaccionar ante la magnitud del aumento, de hasta el 2.000 por ciento en algunas boletas, fueron los gobiernos provinciales y municipales que apelaron a la vía judicial mientras se generalizaban las protestas.

Luego de esto, a partir de un entendimiento alcanzado con los gobernadores, anunciaron un tope máximo de 400% de aumento para los usuarios residenciales y de 500% para empresas pequeñas y medianas, siempre que el consumo de gas se haya mantenido dentro de los parámetros de igual período del año anterior.

El tema volvió a cobrar fuerza con la llegada de las nuevas boletas en usuarios que consumieron por encima del promedio del año anterior, con subas sensiblemente superiores a los topes del 400% y 500%.

El pronunciamiento de la Sala II de la Cámara Federal platense revirtió un fallo de primera instancia que dio la razón al Estado en su potestad para disponer un aumento de tarifas, si bien objetó que no se hayan realizado audiencias públicas de manera previa.
El tribunal de segunda instancia decretó la nulidad de las resoluciones tomadas por el Ministerio de Energía que dieron curso al aumento debido a que de manera previa no se realizaron las audiencias públicas correspondientes.

En la primera semana de julio, antes de iniciarse la feria judicial de invierno, la Corte demandó al Poder Ejecutivo que en un plazo de diez días le remitiera los considerandos del fuerte aumento, así como la localización de los ajustes, un trámite que se concretó la semana pasada.

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