El organismo rechazó la impugnación realizada el pasado viernes por dos candidatos de Juntos por el Cambio y acompañó la decisión que había tomado la Corte Suprema de Tucumán el pasado noviembre.

El pasado viernes, la Junta Electoral de Tucumán recibió un pedido de impugnación en contra de la candidatura de Juan Manzur, actual gobernador de la provincia y compañero de fórmula del vicegobernador Osvaldo Jaldo, que el próximo 14 de mayo buscará estar al frente de la gobernación.

Este miércoles, se conoció que el organismo electoral decidió rechazar el planteo realizado por dos candidatos del frente Juntos por el Cambio (JxC), que el pasado 14 de abril formalizaron un planteo para impugnar la postulación Manzur como vicegobernador de la fórmula del PJ-Frente de Todos (FdT).

Los dirigentes Martín Javier Augier y José Ganim, del partido “Movimiento y de Unidad y Cambio”, consideraban que el artículo 90 de la Constitución provincial veta la posibilidad de que Manzur se presente para ese cargo, a pesar de que ya existía un fallo de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán que habilitaba al actual mandatario de participar de los comicios.

Mediante una resolución, el órgano explicó su rechazo a que “no hay materia judiciable en razón que la Corte Suprema de Justicia de Tucumán es el órgano máximo de interpretación de una norma de derecho público y constitucional, y que por ende la cuestión ya fue zanjada en el fallo de la fecha del 29 de noviembre de 2022”.

Y señalaron que  “opinar en tal sentido, sería convertir a la Junta Electoral Tucumán en órgano revisor de la sentencia del suprema tribunal provincial, por lo que corresponde rechazar in limine la impugnación formulada”.

El pasado 30 de noviembre, en un fallo dividido, la Corte tucumana habilitó a Manzur a ser candidato a vicegobernador tras hacer lugar al recurso amparo que había presentado el pasado 20 de octubre.

Los vocales Daniel Leiva, Antonio Estofán y Eleonora Rodríguez Campos votaron a favor y declararon que, “de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 90 de la Constitución de Tucumán, el Gobernador que ha sido elegido en dos oportunidades consecutivas para tal función puede ser propuesto como candidato a, y eventualmente elegido como, Vicegobernador en el siguiente período”. El fallo fue firmado con la disidencia de los vocales Claudia Sbdar y Daniel Posse.

Por su parte, Augier y Ganim habían hecho foco en “el abuso de fondos no reintegrables repartidos para municipios y comunas amigos del interior; a los que se deben sumar los planes sociales, subsidios-contratos truchos y no reales, conocidos como ñoquis, que no son otra cosa que fraude al Estado, ya que (los beneficiarios) reciben una contraprestación por no trabajar”.

“Es así que se produce una tremenda asimetría conocida vulgarmente como ‘el caballo del comisario’, que les permite a los gobernantes atornillarse al poder y usar discrecionalmente los dineros públicos, aprovechándose de la necesidad de un pueblo empobrecido”, añadieron los dirigentes opositores.

 

 

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