La jueza de la Corte Suprema Elena Highton de Nolasco recibió un aval para seguir en su cargo más allá de diciembre próximo, cuando cumpla 75 años. Así lo resolvió un fallo que hizo lugar al amparo presentado por la ministra para continuar en el tribunal. Ahora, el Gobierno tendrá que decidir si apela.
La decisión la tomó ayer el juez de primera instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Enrique Lavié Pico. En una sentencia de 18 páginas, hizo lugar al pedido de Highton para declarar la nulidad del tramo de la reforma constitucional de 1994 que fijó el límite de edad de los miembros de la Corte.
La respuesta de la Justicia llegó tres días después de que el Gobierno rechazara el recurso interpuesto por la jueza. En su escrito argumentó que la jueza no hizo objeciones al jurar en su cargo y que tampoco inició los trámites para pedir la ratificación del Senado para seguir en la Corte, como prevé la ley vigente.
En el fallo de ayer, al que accedió Clarín, Lavié Pico respaldó los argumentos de Highton, nombrada en la Corte tras ser postulada por Néstor Kirchner en 2004. La jueza cuestionó la reforma de 1994 que incorporó al actual artículo 99, inciso 4, párrafo tercero el límite de 75 años para la permanencia en el cargo. Ese artículo dice que para seguir desempeñándose como juez tras llegar a esa edad, debe conseguir un acuerdo en el Senado igual que el que le permitió llegar al puesto.
En su defensa planteó que ella goza de la estabilidad vitalicia consagrada por el artículo 110 de la Constitución, según el cual “los jueces de la Corte Suprema y de los tribunales inferiores de la Nación conservarán sus empleos mientras dure su buena conducta, y recibirán por sus servicios una compensación que determinará la ley, y que no podrá ser disminuida en manera alguna, mientras permaneciesen en sus funciones”.
Highton presentó a finales del año pasado el amparo con la sospecha de que no reuniría los votos necesarios en la Cámara alta para renovar su cargo. El peronismo ya había adelantado que no le daría su apoyo. En cambio, trascendió que querían designar a alguien de su preferencia.
La jueza siguió así el mismo camino que los fallecidos Carlos Fayt y Enrique Petracchi, cuando solicitaron que quedara sin efecto la cláusula constitucional que limita su continuidad en el puesto. Tres de esos casos siguen sin resolución al día de hoy en la Corte. En su dictamen, Lavié Pico citó como antecendente el caso Fayt.
El juez, que murió a los 98 tras alejarse del tribunal en diciembre de 2015, había conseguido mediante un fallo de la propia Corte permanecer aún después de los 75 años, ya que había sido nombrado antes de la reforma de la Constitución que impuso el límite de edad. En tanto, Petracchi, también siguió en su puesto hasta su muerte, con 78 años.
Ellos asumieron sus cargos en 1983 durante el gobierno de Raúl Alfonsín. Su argumento era que juraron con una Constitución que no incluía la famosa cláusula de los 75 años, incorporada en la reforma de 1994. Higton, en cambio, fue designada en 2004.
Pese a las diferencias, el fallo de ayer indica que “no obsta a esta conclusión el hecho de que la Sra. Jueza Elena Highton de Nolasco haya asumido en su actual cargo con posterioridad a la reforma constitucional de 1994. El propio precedente ‘Fayt’ rechaza cualquier distinción que pudiera hacerse respecto de los jueces que asumieron en sus cargos con posterioridad a la reforma”.
Si bien el juez reconoce que el límite de edad para el ejercicio de un cargo público “resulta razonable”, advierte que “la única alternativa válida para su implementación sería por medio de una nueva reforma constitucional”. Y concluye que los cambios del 94 son “una clara violación al límite constitucional.
Fuente: Clarín