Reemplaza a la ley de mercado de capitales enviada el año pasado, que nunca se trató. El Gobierno busca incentivar los préstamos a PYMES, hipotecarios y obras de infraestructura.
Luego de una larga espera, el Gobierno enviará al Congreso el proyecto de ley de Financiamiento Productivo. La iniciativa contiene la mayor parte de los artículos de la ley de mercado de capitales que envió a fines del año pasado, pero que nunca llegó a tener tratamiento legislativo, pero también varios agregados. El ministro de Finanzas, Luis “Toto” Caputo, y el titular de la Comisión Nacional de Valores, Marcos Ayerra, estuvieron sobre fines de la última semana repasando los últimos detalles de la redacción con los técnicos y el objetivo es que se transforme en ley antes de que termine el 2017.
El nuevo texto eliminó algunos aspectos de la anterior iniciativa, pero lo más importante es que sumó otros que procuran generar nuestros instrumentos para darle un mayor vigor al sistema financiero y bursátil. El objetivo es ofrecer nuevos productos que faciliten el acceso al crédito e instrumentos que faciliten las inversiones de largo plazo. Entre otros aspectos, recupera la figura de las letras hipotecarias, establece las condiciones para la creación de fondos cerrados de inversión, habilita a las compañías de seguros a emitir pólizas ajustadas por CER, y establece el esquema para que las PYME puedan salir a descontar facturas, un viejo reclamo del sector.
A priori, todo indica que no habría mayores inconvenientes para que ley se apruebe antes de fin de año. De hecho, algunos bloques como el del Frente Renovador le habían dado el visto bueno al el anterior proyecto, pero por distintos factores políticos se fue demorando el tratamiento. Ahora el Gobierno insiste con la propuesta, incluyendo un cambio de nombre que lo vuelve más atractivo hasta desde el punto de vista político a la hora de la discusión parlamentaria.
“Las PYME tendrán mayor facilidad para descontar facturas. Y los bancos podrán colocar letras hipotecarias de largo plazo entre inversores institucionales para financiar el boom de créditos.
Dentro de la nueva iniciativa se incluyen algunos aspectos importantes y que en el mercado se esperaban hace mucho tiempo. Infobae accedió en exclusiva a algunos de los puntos centrales de la iniciativa, que incluye algunos de los siguientes aspectos:
1. Se elimina el polémico artículo 20 de la vieja ley de mercado: fue el punto más polémico del proyecto que en su momento se había aprobado durante el kirchnerismo y que permitía que la Comisión Nacional de Valores tuviera injerencia en cualquier empresa cotizante. Representaba un fuerte desincentivo para cualquier empresa a lanzarse a la oferta pública. Ahora quedará derogado.
Por fin la nueva legislación eliminar el polémico artículo 20 de la vieja ley de mercado de capitales, que permitía a la CNV intervenir en el directorio de empresas cotizantes.
2. Crea las condiciones legales para el funcionamiento de fondos cerrados de inversión, incluyendo eliminación de impuestos: se trata de un vehículo clave para captar inversiones, tanto de real estate como de infraestructura. Los primeros aparecieron con el blanqueo de capitales, pero ahora se dispone un cambio impositivo para evitar la “doble imposición”, es decir que el impacto tributario recaiga exclusivamente sobre los inversores en vez de hacerlo sobre el fondo. En Chile, por ejemplo, hay más de 400 fondos cerrados que apuntan a invertir en el mercado inmobiliario y tienen un plazo de existencia. También serán utilizados para canalizar la inversión –tanto local como extranjera- que llegue para los programas de Participación Público Privada (PPP) destinados a obras de infraestructura.
3. Incentivo al financiamiento PYME: ya figuraba en el proyecto de mercado de capitales que se había enviado el año pasado al Congreso. Incluso en algún momento desde el Ministerio de la Producción habían pensado en sacar una ley específica, pero finalmente no lo hizo. El objetivo es que las empresas chicas y medianas puedan contar con un circuito legal para salir a descontar sus facturas electrónicas. La ley también impone un plazo legal de pago para dichas facturas, equiparándolas con un cheque. De esta forma, también se obliga a las empresas a cumplir con el pago en tiempos lógicos y reducir una práctica típica en el circuito productivo, que es el financiamiento a través de proveedores. A los 20 días las empresas quedan obligadas a emitir cheques de pago diferido, vales, pagarés u otros títulos. El objetivo es que estos títulos emitidos por las empresas se negocien en el mercado de manera tal que las pymes puedan descontarlos para contar con efectivo. Este fomento al financiamiento pyme apunta a la práctica común de financiarse con proveedores con facturas que se cancelan a varios meses de plazo.
4. Surge un nuevo instrumento de ahorro, las letras hipotecarias: podrán ser emitidas por los bancos y estarán respaldadas por las hipotecas que otorguen. De esta forma, se busca darle mayor profundidad a un mercado que creció fuerte este año pero sigue teniendo como principal problema la falta de fondeo a plazos más largos. El instrumento permite a los bancos a tomar deuda a largo plazo para financiar la compra de viviendas, intermediando entre quien pide el crédito hipotecario y quien está dispuesto a colocar recursos para invertir en estas. En general, apunta a los fondos de pensión, compañías de seguros y fondos comunes, es decir inversores institucionales más que individuos.
5. Los fondos radicados en paraísos fiscales serán “transparentes”: se trata de un cambio “cantado” luego del proceso de sinceramiento fiscal. La medida busca quitarle incentivo a mantener el dinero en sociedades radicadas en jurisdicciones de baja o nula tributación. El objetivo es que en la medida que la sociedad no distribuía dividendos o no se hacía retiros, la AFIP no podía cobrar prácticamente ningún impuesto. A partir de ahora se considerará que las inversiones estarán directamente en cabeza de los individuos, por lo que dejará de existir esa ventaja en relación a los ahorros de cualquier otro inversor.
6. Compañías de seguro podrán emitir pólizas ajustadas por CER: de esta forma, habrá mayor facilidad para asegurar proyectos de inversión de largo plazo, sin necesidad de entrar en una renegociación anual. Se supone que de esta forma se reducirá el costo de la póliza para las empresas que contratan el seguro y al mismo tiempo le dará una ventaja a las aseguradoras que tendrán más flexibilidad.
Algunos otros aspectos puntuales que figuraban en el anterior proyecto ya fueron reglamentados si necesidad de la ley, como la figura del Agente Global de Inversiones, que permite a grupos locales y extranjeros a brindar asesoramiento a inversores, pero sin la posibilidad de manejar los fondos en forma directa.
Fuente: Infobae