El Presidente lo hará a la vuelta de su viaje a China. Y ya empezaría a regir el mes que viene. Incluye a otros funcionarios y empleados del Poder Judicial, de Nación y Provincias, designados a partir de 2017.
Desde junio, luego de años de debate, los jueces comenzarán a tributar el Impuesto a las Ganancias. Es que el Gobierno ya tiene listo el decreto que reglamentará la Ley 27.346 que aprobó en diciembre el Congreso y en los próximos días saldrá publicado en el Boletín Oficial.
El texto reglamenta el inciso 5 del artículo 1° del proyecto de reforma de Ganancias y termina con la polémica: “Los ingresos de todos los magistrados, funcionarios y empleados en los poderes judiciales y o del Ministerio Público, tanto de la Nación como de las provincias o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya designación hubiera ocurrido a partir del 1° de enero de 2017, estarán alcanzados por el Impuesto a las Ganancias”, sostiene. Es decir, quienes accedieron a su cargo antes de esa fecha continuarán gozando del privilegio de no tributar.
Habrá otras excepciones: el decreto establece que no pagarán Ganancias quienes “con anterioridad y en forma inmediata, hubieren estado nombrados constitucionalmente -con acuerdo de los órganos legislativos correspondientes- en otro cargo de juez, fiscal, defensor o asesor tutelar de las referidas instituciones; y en tal carácter no hubieren tributado el impuesto”.
Este punto fue uno de los que más polémica generó ya que, entendían en el ámbito judicial, conspiraba contra el desarrollo de los funcionarios ya que, al ascender en la carrera, iban a verse perjudicados por la medida.
Para desalentar posibles litigios, la Corte Suprema de Justicia ya dio su veredicto meses atrás, una vez que fue aprobada la ley: “Queda claro que todos los empleados, funcionarios, fiscales, defensores, magistrados que están en funciones no pagarán el impuesto. En cambio, quienes ingresen a partir de 2017, estarán obligados a pagarlo”, indicó mediante un informe publicado en el Centro de Información Judicial.
En aquella ocasión, también aclaró que “todos los empleados, funcionarios, fiscales, defensores y magistrados que están en funciones no pagarán el impuesto”.
El ministro de Justicia, Germán Garavano, será uno de los que firme el decreto para reglamentar el pago de Ganancias en el Poder Judicial.
Esto de algún modo da garantías de que no prosperarán eventuales planteos de nuevos jueces, invocando el artículo 110 de la Constitución Nacional, que garantiza la intangibilidad de los sueldos de los jueces al señalar que “no podrán ser disminuidos en manera alguna, mientras permaneciesen en sus funciones”.
No se trata de un asunto menor, ya que, años atrás, la Corte Suprema presidida por Julio Nazareno, había declarado “la inaplicabilidad” de la ley 24.631 sancionada en 1996, que había quitado las exenciones para los magistrados, vigentes desde 1936. Por si acaso, el Gobierno tomará otras medidas: que los nuevos jueces firmen, previo a ser designados, un compromiso de que no recurrirán la medida.
El decreto, que además del Presidente suscribirán el ministro de Justicia Germán Garavano y el de Hacienda, Nicolás Dujovne; también regula un vacío legal que permitía que otros miembros de la Administración Pública evitaran el tributo: “Se encuentran alcanzados por el impuesto (…) los miembros del Tribunal de Cuentas, Tribunal de Faltas, Tribunal de Tasaciones y del Tribunal Fiscal” que, “sin integrar los Poderes Judiciales o de los Ministerios Públicos, sus retribuciones estuvieren asimiladas” a las de los magistrados.
La idea del Gobierno era oficializar el decreto antes del viaje de Macri por Asia. Pero la discusión en torno al “fallo Muiña” de la Corte por el 2×1 y la ley exprés para evitar que otro represores se beneficiaran, dilató el tema. No obstante, está dentro de los tiempos que había trazado Garavano, cuando prometió que “a mitad de año, los nuevos jueces estarán también pagando Ganancias”.