Lo resolvió el juez federal Sergio Torres, que embargó al ex funcionario por 15 millones de pesos.

El juez federal Sergio Torres procesó sin prisión preventiva a Ricardo Echegaray por los delitos de defraudación por administración fraudulenta en perjuicio del Estado y negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, debido al modo en que se entregó en el año 2011 una licitación para la limpieza del edificio central de la AFIP. El magistrado dispuso además un embargo de 15 millones de pesos al ex titular de ese organismo durante buena parte del kirchnerismo.

Se determinó en la causa que la empresa “Limpiolux” ganó la licitación 99/10 por un monto de $15.196.000 y eso era el doble de lo que había ofertado la empresa Ricardo Bilbao, que fue apartada del proceso licitatorio y que venía limpiando el edificio de la AFIP desde el año 1981. La AFIP había establecido adjudicar un presupuesto de 14.800.000 de pesos para el contrato de limpieza, pero lo pagó más caro. La firma que fue apartada de la licitación había ofertado el costo del servicio en $7.456.242. Torres procesó también a Cecilia Peluso, quien por entonces estaba al frente de la empresa Limpiolux como partícipe necesario de los mismos delitos que Echegaray.

El fiscal del caso, Federico Delgado, cuando impulsó la investigación había pedido la indagatoria de Echegaray y de Norberto Peluso, de la empresa Limpiolux. Norberto Peluso es hermano de “Luis “Chiche” Peluso, hombre a quien Daniel Scioli como gobernador bonaerense había puesto al frente de la Lotería de la Provincia de Buenos Aires. La causa se había iniciado a partir de una nota publicada en Clarín por el periodista Matías Longoni, quien escribió un libro sobre Echegaray.

Al momento del pedido de indagatoria para Echegaray, Delgado había señalado que “en resumen, entonces, se encuentra probado que la licitación 99/10 fue adjudicada a la empresa “Limpiolux S.A” por un monto total mayor a los quince millones de pesos -más del doble de lo presupuestado por la empresa que se encontraba brindando el servicio por los últimos treinta años-, y casi el doble del monto abonado a ‘Ricardo Bilbao’ para el período anterior, el cual, incluso, contaba con mayor cantidad de operarios asignados”.

Delgado había concluido que “…en efecto con la adjudicación de la licitación a la empresa “Limpiolux” con un sobreprecio de al menos $3.386.705,71, se benefició a la adjudicataria, utilizando para ello dinero perteneciente a las arcas públicas, el cual, entonces se lo afectó a un destino distinto e incompatible con el correspondiente”.

La hipótesis inicial fue corroborada por Torres a partir de varios testimonios y de un peritaje contable realizado por el Cuerpo de Peritos de la Justicia Nacional Especializada en Casos de Corrupción y Defraudación contra la Administración Pública de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En el procesamiento firmado por Torres, al que Infobae accedió a través de fuentes judiciales, el juez señaló que “… el interés particular del Dr. Ricardo Echegaray en su carácter de Administrador de la A.F.I.P. en miras de un beneficio económico para ‘Limpiolux S.A.’ en la licitación n° 99/10 es palmario ya que, como se explicó en forma detallada anteriormente, la maniobra es notoria”.

Torres determinó que “…se dejó sin efecto la licitación n° 190/09 por supuestos problemas presupuestarios y terminó asignando aproximadamente cinco meses después, el servicio a la misma empresa que había quedado primera en ese expediente, pero por un monto aproximadamente mayor al 50% del que se había presupuestado en la licitación caduca”.

Echegaray no fue el único integrante de la AFIP que fue procesado. La decisión de Torres abarcó también a los funcionarios de línea de la AFIP que intervinieron en la licitación. El juez dictó nueve procesamientos para quienes desde la Comisión Evaluadora que actuó en la licitación y a jefes de las áreas de Intendencia y Asuntos jurídicos de la AFIP que participaron del proceso bajo investigación.

En el procesamiento se explicó que en su escrito de defensa donde negó haber cometido delito “indicó que no hubo sobreprecios en la contratación, sino que es un acuerdo del gremio que beneficia a los empleados y fija los pisos salariales bajo la idea de un ‘costo de referencia’ establecido como patrón general de las contrataciones del rubro”. También dijo que los sueldos que pensaba pagar Bilbao estaban claramente por debajo del convenio colectivo.

Y agregó que Bilbao fue excluido porque “no cumplió con el mínimo de tres certificaciones de clientes exigidas por el pliego de contrataciones para todos los oferentes y que el deseo de dicha empresa era intentar ‘patear el tablero’ en cada licitación para mantenerse él como proveedor”.

“En conclusión -señaló Torres en el procesamiento- entiendo que la conducta de los funcionarios de la A.F.I.P. indagados, no se condice con los intereses del Estado, a raíz de la injustificada elevación del presupuesto y del claro direccionamiento hacia la empresa Limpiolux S.A.”.

Fuente: Infobae

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