Amado Boudou fue vicepresidente de la Nación durante el segundo mandato de Cristina Fernández de Kirchner. Antes de eso había sido ministro de Economía. Previamente se desempeñó como director ejecutivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). En ese organismo Boudou había entrado en el año 2001.

En el año 2007, cuando trabajaba en la ANSES, Boudou tramitó un Documento Nacional de Identidad (DNI). Allí consta que su domicilio era en la calle Zado 3231 en el barrio de Villa Urquiza, en la Capital.

Ese domicilio quedó al descubierto en septiembre de 2014 luego de un robo de computadoras que sufriera la ex novia de Boudou Agustina Kämpfer. La ex pareja del entonces vicepresidente había denunciado que le rompieron un vidrio del auto Audi A4, propiedad de Boudou que ella manejaba y le habían robado sus pertenencias.

En 2014 Infobae reveló que el Audi A4 estaba radicado allí. Las multas de tránsito del auto de Boudou llegaban a ese domicilio, donde la dueña de casa las destruía. A partir de ese momento se hizo una denuncia que tuvo el juez Ariel Lijo junto al fiscal Gerardo Pollicita porque Boudou había inscripto allí también dos motos de alta gama.

Lijo indagó a Boudou, quien se negó a declarar y realizó un planteo pidiendo su sobreseimiento. La Sala I de la Cámara Federal con los votos de los camaristas Eduardo Freiler y Jorge Luis Ballestero analizó ese planteo y lo sobreseyó. El fiscal ante la Cámara Federal Germán Moldes apeló esa decisión porque sostuvo que el ex vicepresidente cometió el delito de falsedad ideológica de documento público. Moldes había dicho que la decisión de Freiler y Ballestero era “arbitraria” porque “Así discurrieron entre la relevancia que tiene –supuestamente- el domicilio “legal”; por sobre el “real”; para diluir el acontecimiento convirtiéndolo en una nimiedad. Y es que el foco de la cuestión no giraba sobre los efectos o trascendencia del domicilio en cuestión, sino sobre la responsabilidad penal de un hecho delictivo atribuido a Boudou por la falsificación ideológica de su Documento Nacional de Identidad y de tres cédulas de vehículos. En otros términos, ello implicaría sostener que ante una hipótesis de falsedad de un pasaporte, la acción de falsificación sería atípica si el sujeto tiene un DNI auténtico”.

El caso está para resolver en la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal. El fiscal de Casación Raúl Pleé respaldó el planteo de Moldes y solicitó que Boudou sea procesado.

Pleé criticó la decisión de la Sala I de la Cámara Federal que había sostenido que como Boudou era funcionario público en 2007 cuando se emitió el DNI con datos falsos, no había delito porque se consideraba que el domicilio era el de su repartición pública.

Pleé sostuvo -en un escrito al que Infobae accedió en fuentes judiciales- que “Ese argumento sería impecable y de imposible respuesta si, en el caso, el señor Boudou, en el mes de junio de 2007, al requerir el triplicado de su Documento Nacional de Identidad hubiera hecho insertar ese domicilio legal en lugar del falso sito en Zado 3231 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al que tomó como determinante para la radicación de un auto y varias motocicletas”.

“Por otra parte -señaló Pleé- pareciera que el “a quo” (la Sala I de la Cámara) propusiera un doble estándar, consistente en que, si un particular declara un falso domicilio ante la autoridad que expide su documento de identidad su conducta puede constituir delito mientras que si lo hace un funcionario público resulta atípico, lo que es inadmisible en tanto la fe pública, precisamente, debería ser respetada y resguardada con mayor responsabilidad por parte de los funcionarios públicos que por el común de la gente. Es por ello que, como en el caso, la conducta que se espera de un funcionario de alto rango en la administración pública, en la de producirse con el mayor apego posible a las normas jurídicas”.

Fuente: Infobae

Comments

Comentarios