En el marco de esta nueva etapa de la cuarentena, el Gobierno volvió a prorrogar hasta fin de año la suspensión de multas e inhabilitaciones de cuentas bancarias, como así también la prohibición para las empresas de cortar servicios como gas, luz, agua, telefonía fija, móvil, Internet y televisión por cable por falta de pago.

Las medidas fueron oficializadas a través de 2 Decretos publicados hoy en el Boletín Oficial.

La norma se estableció a fines de marzo pasado, cuando comenzó el aislamiento social, preventivo y obligatorio, y alcanzaba a todos los consumidores que adeudaran hasta tres cuotas, consecutivas o alternas, de cualquiera de esos servicios.

Facturas sin abonar

A partir del Decreto 543/2020, las autoridades nacionales establecieron que ahora pueden llegar hasta seis las facturas sin abonar, siempre y cuando tengan vencimientos posteriores al 1º de marzo de este año.

Internet y TV por cable

De esta manera, ante estos casos las empresas prestadoras “de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, no podrán disponer la suspensión o el corte”.

Mantener el servicio, pero reducido

En cambio, las compañías deberán “mantener un servicio reducido” al que también podrán acceder los clientes del sistema prepago de telefonía móvil o Internet que no hayan hecho la recarga correspondiente para el consumo, aunque el beneficio para ellos estará vigente “hasta el 28 de junio de 2020 inclusive”.

Suspensión de cierre de cuentas bancarias

Por otra parte, el Gobierno extendió “hasta el 31 de diciembre de 2020, inclusive”, la suspensión de las multas y las inhabilitaciones de las cuentas bancarias por cheques sin fondos, que al igual que la medida anterior las autoridades nacionales habían anunciado al comienzo de la cuarentena y que ya había sido prorrogada una vez.

 

 

fuente: infobae

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