Después de una polémica judicial, ayer se detuvo a una joven estudiante acusada de haber enviado un mail amenazando con hacer estallar una bomba en la Escuela Normal. Es el primer caso en el que los investigadores identificaron a la supuesta autora de un mensaje intimidatorio.
“Buenos días estimados trabajadores de la sociedad Cooperativa de la Escuela Normal. Me comunico con ustedes con el fin de pedirle que resguarden su seguridad y así mismo todo el alumnado del establecimiento debido a que durante la jornada de hoy mi equipo estará dejando un dispositivo de bomba en un rincón de la institución en son de protesta por el pésimo desempeño del personal administrativo en los tres turnos”. Ese fue el mensaje vía mail que recibieron el 28 de agosto en la casilla de correo de la Cooperadora del establecimiento educativo, lo que derivó en el desalojo y suspensión de clases.
La fiscal Mariana Rivadeneira ordenó el inicio de las investigaciones. Google, con los datos del IP proporcionados por los investigadores, aportó la identidad del usuario que había mandado el mensaje, según publica La Gaceta. Con esos datos, se ofició a la Escuela Normal para que brindaran mayor información sobre la señalada. Las autoridades del establecimiento indicaron que se trataba de María José Lizárraga, mayor de edad, que cursa sus estudios en el profesorado de Biología.
Se hizo un allanamiento en la vivienda de la señalada donde los investigadores secuestraron celulares que fueron peritados por personal del Equipo Científico de Investigación Fiscal. Las conclusiones fueron:
– “La evidencia sugiere una fuerte correlación entre el dispositivo incautado y la cuenta de correo electrónico que originó la amenaza”.
– “Las interacciones identificadas con direcciones de correo específicas y conversaciones en aplicaciones de mensajería, en particular WhatsApp, respaldan la teoría de la participación activa del usuario del dispositivo en las actividades de intimidación”.
Con todos estos elementos a su favor, Rivadeneira acusó a Lizárraga de intimidación pública y solicitó a un juez que fuera detenida. Los argumentos que presentó la investigadora no tenían que ver con la gravedad del delito, sino por la conducta que demostró tener la sospechosa. “El celular que pertenecía a la imputada contaba con diversa información que no pudo hallarse de forma completa porque fue eliminada o borrada del sistema, haciendo imposible de esta forma recuperarla fácilmente y siendo necesario por este accionar realizar un proceso más complejo para su recuperación”, fundamentó.
“La imputada Lizárraga destruyó elementos probatorios para desentenderse del hecho y que esta situación únicamente pudo descubrirse por el avance de la investigación, el secuestro y el posterior análisis forense, circunstancia que impidió que la imputada cumpliera con su objetivo”, recalcó. “Es clara entonces la finalidad de entorpecer la investigación, pudiendo considerarse razonablemente de que Lizárraga continuará con esta finalidad si continúa en libertad poniendo en riesgo entonces el resultado del proceso”, agregó en el pedido de detención que fue rechazado en un primer momento por el juez Sebastián Mardiza.
Ante el rechazo, Rivadeneira insistió con el planteo. El nuevo pedido estuvo acompañado por gestiones del Ministerio Público ante las autoridades del Colegio de Jueces y la Corte Suprema de Justicia. El magistrado terminó aceptando el pedido y la medida se concretó ayer a la mañana. En las próximas horas se realizará una audiencia para definir su situación procesal.
Entre abril y hasta ayer fueron 121 las denuncias de amenazas de bombas que está investigando la Unidad Fiscal de Delitos Complejos. De ese número, 110 fueron a establecimientos educativos y las 11 restantes a reparticiones públicas provinciales y nacionales. La Escuela Normal con más de 12 casos, fue la que más actos intimidatorios recibió. Otro dato: la polémica por la detención se registró el día que el Poder Judicial quedó paralizado durante dos horas por un acto intimidatorio y, después de casi tres semanas, se registraron al menos otros seis casos.
Hasta el momento son ocho los procesados por intimidación pública. A dos mujeres se las acusó de este delito, pero no se les pidió prisión preventiva. No pasó lo mismo con otros seis acusados. A cinco de ellos, en un primer momento, se le dictó la prisión preventiva por tres meses y se les trabó embargo por $3 millones. Al sexto, al que le encontraron armas en su domicilio, fue al único que un magistrado aceptó la medida cautelar, pero bajo la modalidad de arresto domiciliario.
Los defensores de cuatro procesados impugnaron las primeras resoluciones y lograron el arresto domiciliario para dos de ellos. El acusado de haber enviado una amenaza a una sucursal de la Caja Popular de Ahorro ya recuperó la libertad y una alumna fue enviada a su casa para que siga tomando clases de manera virtual.
Los casos de amenazas de bomba dejaron al descubierto dos líneas. La postura del MPF de perseguir penalmente a los responsables de los actos intimidatorios y los diferentes criterios que utilizan los magistrados que intervinieron en estos expedientes. También generan situaciones inéditas que incrementan la polémica.
Por ejemplo, la Oficina de la Mujer que depende de la Corte Suprema de Justicia, sin que fuera su misión hacerlo, envió una nota a la auxiliar fiscal Mónica Torchan cuestionando la situación de la única mujer que está detenida en un calabozo por intimidación pública. “Entiendo que resulta imperante analizar la intensidad de la medida dictada, es decir, una prisión preventiva durante un período de dos meses. Este lapso de tiempo, considerando las circunstancias del delito imputado, la escasa carga probatoria presentada y la aparente falta de elementos que respalden la idea de que la acusada pueda obstaculizar la investigación, parece excesivo”, sostuvo la responsable de la oficina María Laura Ciolli.
La audiencia en cuestión se desarrolló el 31 de agosto y Torchan, siguiendo las instrucciones de Rivadeneira, la acusó porque desde su línea de celular se envió una amenaza al Colegio Nacional. Procesalmente, es el representante del Ministerio Público el que solicita las medidas que considera se deben tomar, pero es el juez el que debe resolver si las acepta o no. En este caso en particular, la que falló en contra de la mujer, pese a la férrea oposición de las defensoras oficiales Lucía Gandur y María José Ahumada, fue la magistrada Valeria Mibelli.
“La adopción de una perspectiva de género en la toma de decisiones judiciales implica reconocer y abordar las desigualdades estructurales y las situaciones de vulnerabilidad que enfrentan las mujeres y adolescentes en el sistema de justicia penal. Esto incluye evaluar de manera crítica la necesidad y proporcionalidad de las medidas de privación de libertad”, explicó.